(Dictamen 020918N18, 21 de agosto). La CGR determinó que aun cuando no se trate de un cometido propiamente tal, el importe de la movilización a las localidades en donde debe sesionar el concejo de la Municipalidad sea asumido por ésta, en el entendido que la itinerancia de dichas sesiones busca amparar y fomentar el principio de participación ciudadana, acercar a la población al órgano comunal y facilitar un acceso más democrático a las decisiones del mismo.